EL CONSEJO SOCIAL
Definici—n
Es un —rgano consultivo del Honorable Consejo
Superior y del Rector. Tiene como objetivo recomendar a las autoridades
universitarias la formulaci—n o modificaci—n de programas institucionales para
la adecuada atenci—n de las necesidades y aspiraciones sociales en materia
educativa, cient’fica, tecnol—gica y cultural.
Integraci—n
Es presidido por el Rector del IEES-UDAAM y en su
ausencia por un Vicerrector por Žl designado, y estar‡ conformado por
representantes de las asociaciones empresarias, gremios de trabajadores
excluidos los pertenecientes a representaciones del IEES-UDAAM, organizaciones
no gubernamentales, todas ellas con personer’a jur’dica y domicilio en la
regi—n noroeste, consejos profesionales,
representantes de gobiernos municipales y de los bloques de la Legislatura
Provincial.
Para el caso de los representantes de las
organizaciones de trabajadores, empresariales y de las organizaciones no
gubernamentales, el Rectorado administrar‡ un registro espec’fico con aquellas
que muestren interŽs y motivos fundados en participar de las actividades del
Consejo Social. Por reglamentaci—n del Consejo de Programaci—n y Gesti—n
EstratŽgica se determinar‡n las representaciones, el sistema de designaci—n y
los atributos de los representantes. Los miembros no gubernamentales durar‡n
dos a–os en sus mandatos, pudiendo ser reelectos o re-designados.
Convocatoria
El Consejo Social ser‡
convocado por el Rector o un
Vicerrector a quien Žste designe, cuando lo considere oportuno o necesario, o
por propia iniciativa con el aval de la mayor’a de sus integrantes.
El Consejo Social
celebrar‡, previa citaci—n, sesi—n ordinaria al menos una vez por a–o y en
sesi—n extraordinaria cada vez que fuera convocado en los tŽrminos previstos en
su Reglamento.
Funciones
Son atribuciones del
Consejo Social:
1. Dictar su reglamento interno.
2. Pronunciarse sobre la propuesta de Plan
EstratŽgico de Desarrollo de IEES-UDAAM y sobre los resultados de la evaluaci—n
institucional interna y externa.
3. Pronunciarse sobre cualquier otra cuesti—n
vinculada a su rol en la organizaci—n de IEES-UDAAM, siempre que la misma sea
respaldada por la mayor’a de sus miembros.
4. Constituir Consejos Sociales en las Sedes del
IEES-UDAAM.
5. Proponer actividades de vinculaci—n del
IEES-UDAAM con el medio.